Listado de Precios en las Consultas Dentales

Reunión en la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía

Como ya hemos informado, desde la Asesoría Jurídica del Colegio se está prestando, desde el primer día, asesoramiento a los colegiados que han recibido notificaciones de apertura de expedientes sancionadores, por parte del Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía, por no exhibir la lista de precios de los tratamientos que se prestan en dichas consultas.

Además de ese asesoramiento y la preparación de las correspondientes alegaciones contra dichos expedientes, se solicitó urgentemente una reunión con el Director General de Consumo de la Junta de Andalucía para hacerles ver que las consultas dentales, como centros sanitarios, no tendrían esa obligación de exhibir listado de precios, al igual que no lo tienen los hospitales privados o las consultas médicas de cualquier especialidad. Sí están, en cambio, obligadas las consultas dentales a entregar un presupuesto estimativo por escrito, detallando el tipo de tratamiento y los servicios a realizar, así como el coste de estos (Art. 4 del Real Decreto 1594/94).

El 29 de octubre pasado tuvo lugar esa reunión urgente a la que asistió el presidente del Colegio, Dr. Luis Cáceres Márquez acompañado por el asesor jurídico de nuestro Colegio y del asesor jurídico del Colegio de Huelva. Por parte de la Junta de Andalucía estuvieron presentes el director General de Consumo y el jefe del Servicio de Inspección y Normativa de Consumo.

Tras esa reunión, existe por su parte un compromiso de estudiar en más profundidad la base normativa que están utilizando para iniciar esos expedientes. Esa normativa no es otra que un Decreto de hace más de 47 años, concretamente de año 1972, que regula “el mercado de precios en la venta al público de artículos al por menor equiparando a todos los centros sanitarios, no solo las consultas dentales, como establecimientos comerciales y no como sanitarios.

En tanto llevan a cabo ese estudio, debemos informar a toda la colegiación que el criterio que, por el momento, va a seguir la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía es el de exigir a todos los centros sanitarios, incluso a hospitales privados, la exhibición del listado de precios de los tratamientos que se realizan en cada centro.

Desde el Colegio seguiremos defendiendo que dicha norma no es aplicable a las consultas o, en general, a los centros sanitarios, y por ello seguiremos haciendo gestiones y aportando información para así acreditarlo, además de atender a todos los colegiados afectados.

Pese a todo ello, es necesario recordar una vez más que, por el momento, ese es el criterio de la Junta de Andalucía y así lo seguirán exigiendo hasta que tengan un informe jurídico interno que lo modifique o exista un pronunciamiento judicial en contra.

Por esa razón, cautelarmente desde el Colegio recomendamos que se exhiba en la consulta un listado de los tratamientos básicos o más relevantes con sus respectivos precios, indicando claramente que es una relación orientativa, sujeta a la necesidad de un diagnóstico previo y a un plan de tratamiento que dependerá de la variabilidad biológica y necesidades específicas de cada paciente. En todo caso, están obligadas las consultas dentales a entregar un presupuesto estimativo por escrito, detallando el tipo de tratamiento y los servicios a realizar, así como el coste de estos.

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Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla