El próximo 30 de junio expira el plazo para que los trabajadores autónomos obligados, comuniquen a la Seguridad Social los datos relativos a su actividad.
¿Quiénes son los autónomos que tienen esta obligación y qué deben comunicar?
1.- AUTÓNOMOS SOCIETARIOS ( Mercantiles, y cooperativistas; los que están al frente de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles)
DEBEN COMUNICAR: Razón social de las sociedades de las que forme parte; Si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes, de los que hay que aportar nombre, apellidos y DNI
2.- TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA CON AUTÓNOMOS COLABORADORES A SU CARGO
DEBEN COMUNICAR: Nombre, Apellidos y NIF de estos colaboradores
3.- TRABAJADORES AUTÓNOMOS ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTES (TRADE), QUE TRABAJAN MAYORITARIAMENTE PARA UN SOLO CLIENTE
DEBEN APORTAR: CIF de este cliente
4.- AUTÓNOMOS OBLIGADOS A ESTAR COLEGIADOS
DEBEN NOTIFICAR: El Colegio al que pertenecen
5.- SANITARIOS DE ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA) QUE PRESTAN SERVICIO PARA LA EMPRESA PRIVADA ADEMÁS DE TRABAJAR A JORNADA COMPLETA PARA EL SERVICIO PÚBLICO
DEBEN NOTIFICAR: CIF del pagador
Hay que entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social con el certificado digital del autónomo y comprobar o modificar los datos, o recurrir al gestor de cada profesional para que lo haga.