El próximo 30 de junio expira el plazo para que los trabajadores autónomos obligados, comuniquen a la Seguridad Social los datos relativos a su actividad

El próximo 30 de junio expira el plazo para que los trabajadores autónomos obligados, comuniquen a la Seguridad Social los datos relativos a su actividad. 

¿Quiénes son los autónomos que tienen esta obligación y qué deben comunicar?

            1.- AUTÓNOMOS SOCIETARIOS ( Mercantiles, y cooperativistas; los que están al frente de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles)

             DEBEN COMUNICAR: Razón social de las sociedades de las que forme parte; Si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes, de los que hay que aportar nombre, apellidos y DNI

             2.- TRABAJADORES POR CUENTA  PROPIA CON AUTÓNOMOS COLABORADORES A SU CARGO

             DEBEN COMUNICAR: Nombre, Apellidos y NIF de estos colaboradores 
            
             3.- TRABAJADORES AUTÓNOMOS ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTES (TRADE), QUE TRABAJAN MAYORITARIAMENTE PARA UN SOLO CLIENTE

             DEBEN APORTAR: CIF de este cliente

              4.- AUTÓNOMOS OBLIGADOS A ESTAR COLEGIADOS

              DEBEN NOTIFICAR: El Colegio al que pertenecen

               5.- SANITARIOS DE ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA) QUE PRESTAN SERVICIO PARA LA EMPRESA PRIVADA ADEMÁS DE TRABAJAR A JORNADA COMPLETA PARA EL SERVICIO PÚBLICO

               DEBEN NOTIFICAR:  CIF del pagador

             

Hay que entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social con el certificado digital del autónomo y comprobar o modificar los datos, o recurrir al gestor de cada profesional para que lo haga.

                                                          https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio