NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN MEDIO AMBIENTAL (NIMA) como productores de residuos

Se están recibiendo en las clínicas dentales comunicaciones de las empresas de recogida de residuos informando de la obligatoriedad de comunicación previa que conlleva la obtención del NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN MEDIO AMBIENTAL (NIMA) como productores de residuos.

Hemos realizado una consulta en la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, donde nos confirman que esa obligación aparece recogida en el artículo 29.1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Este precepto, que regula la comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos, establece que deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma las entidades o empresas que, entre otras, produzcan residuos peligrosos.

Si bien esta obligación era exigible anteriormente, la razón por la que ha surgido ahora se debe a que la Administración ha puesto en funcionamiento las aplicaciones telemáticas para tramitación electrónica de residuos (SIRA y eSIR), que controlan informáticamente los orígenes de los traslados de residuos. En dicha aplicación se debe consignar el NIMA que se otorga con la comunicación e inscripción en el registro previsto en el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, sobre traslados de residuos en el interior del territorio del Estado. 

Hasta ahora, las clínicas dentales, como pequeños productores de residuos, suscribían un contrato de subrogación con una empresa de recogida de residuos (empresa gestora) para que ésta asumiese sus obligaciones documentales, lo que estaba previsto en el artículo 15 del Reglamento de Residuos de Andalucía (Decreto 73/2012). En la actual normativa de residuos las obligaciones de registro y presentación de documentación corresponden al titular de la actividad, y estos trámites deben de ser individualizados para dicho titular, si bien la mencionada subrogación prevista en el Decreto 73/2012 sigue permitiendo que las obligaciones documentales se trasladen a un tercero, pero solo con la consideración de prestador de servicios documentales. Tanto en el registro como en la presentación de documentos se exigirá que conste el NIMA otorgado por la Administración.

Es, por ello, que te informamos de la necesidad de registrarse para obtener el NIMA, para lo cual se puede acceder a través del siguiente enlace con certificado digital:

 

https://ws041.juntadeandalucia.es/medioambiente/vea-web/faces/vi/inicioOrganismo.xhtml

 

--- Te damos pautas, en este enlace sobre CÓMO CUMPLIMENTAR SOLICITUD NIMA

MÁS INFORMACIÓN: Para cualquier información, puedes acudir  al Servicio de Atención Ciudadana sobre Información Ambiental de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en horario de 08:00 a 20:00 de lunes a viernes laborables, a través del número de teléfono 954 54 44 38 o bien  a través del buzón del ciudadano https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc5/buzon/?lr=lang_es .
También puedes ponerte en contacto con el Colegio o directamente con la empresa  con la que tengas contratada la recogida de residuos generados en tu clínica dental.