La Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 341, establece que en el mes de enero de cada año, el Colegio deberá remitir al Juzgado Decano un listado de colegiados dispuestos a actuar como peritos
La Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 341, establece que en el mes de enero de cada año, el Colegio deberá remitir al Juzgado Decano un listado de colegiados dispuestos a actuar como peritos, tal y como hemos informado en años anteriores.
Para elaborar dicho listado se exige tener la titulación correspondiente y estar en disposición para elaborar un informe cuando sea requerido por cualquier tribunal o juzgado de Sevilla y su provincia. Para causar alta en dicho listado durante el ejercicio 2025 es necesario comunicarlo por escrito al Colegio de Dentistas de Sevilla señalando todos los datos de contacto antes del 15 de diciembre. Igualmente, para los ya inscritos, es el momento de acutalizar sus datos e incluso cursar baja si así fuera su intención.
Cualquier solicitud posterior a dicha fecha, tendría efecto a partir del siguiente año.