Renovación de Autorización de Funcionamiento de Clínicas Dentales

RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE CLÍNICAS DENTALES

Consulta la GUÍA PRÁCTICA GENERAL PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS.

INFORMACIÓN SOBRE LA RENOVACIÓN
La autorización de funcionamiento se extingue a los cinco años de su concesión; y debe solicitarse su renovación con una antelación mínima de 3 meses a la fecha de extinción de su vigencia.

Para solicitar esta renovación deberá aportar la siguiente documentación:
1. Solicitud debidamente cumplimentada en todos sus apartados (documento adjunto)
2. Justificante del pago de las tasas.
3. Declaración responsable, usando el modelo oficial (documento)
4. Relación del personal sanitario de que dispone el centro, por unidades asistenciales, indicando nombre, apellidos y DNI de cada uno de los profesionales.

Para el abono de las tasas es necesario utilizar el modelo 046: Tributos - Modelo 046 (juntadeandalucia.es)

 

Respecto a la cumplimentación del modelo 046, le indicamos cómo rellenar los campos que se indican:
- Datos Generales : Número NICA y Tasa que corresponda (renovación)
- Código Territorial: SA4101
- Concepto de pago (04) TJ25
- Cantidad a pagar: Si el centro tiene 5 unidades asistenciales o menos: 102€
    A partir de 6 unidades asistenciales: 20,40€ por cada unidad asistencial
    Establecimientos sanitarios (óptica, audiprótesis, ortopedia): 102€ cada uno.

 

FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:
Si el titular es persona física pueden:
- Presentar la documentación de manera telemática, a través del Registro Electrónico General: https://juntadeandalucia.es, en el apartado "presentación electrónica general" (tiene que disponer de certificado digital).

- Presentar la documentación de manera presencial en cualquier registro público. Si es un registro de la Junta de Andalucía debe solicitar cita previa en la siguiente dirección: Oficinas de asistencia en materia de registros.

- Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es)

- Enviar la documentación mediante carta certificada en cualquier oficina de Correos.

En el resto de casos, personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional están obligado a relacionarse electrónicamente con la administración y, por tanto, a presentar la documentación de manera telemática. 


Pueden acceder al Registro Electrónico de la Junta de Andalucía en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/, en el apartado "presentación electrónica general".

 

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
En cuanto a la notificación electrónica, cualquier escrito por parte de la Administración será puesto a disposición de la persona interesada a través de medios electrónicos. El uso de este sistema es obligatorio para las personas jurídicas, y voluntario en el caso de las personas físicas, aunque se recomienda su uso para la agilización de los trámites.

Pueden acceder al contenido de las notificaciones recibidas a través de distintas plataformas, como el Sistema de Notificaciones Electrónicas (Notifica), cuyo enlace les facilitamos a continuación:
https://ws020.juntadeandalucia.es/notificaciones/snja/inicio.jsp

Es importante que a la hora de darse de alta en dicho sistema faciliten un correo electrónico y un número de teléfono móvil para recibir los avisos de notificación. Estos datos pueden ser cambiados en cualquier momento
dentro del apartado “mis opciones → modificar datos personales” del menú del Notifica.

Cambio de titularidad de la autorización de funcionamiento